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Huellas dactilares








 


Qué son^
Las huellas son los rastros o imágenes formados por la reproducción de las crestas papilares de los dedos, las palmas de las manos y las plantas de los pies cuando entran en contacto con una superficie lisa. Estas crestas aparecen en el ser humano a partir del cuarto mes de gestación y permanecen inalteradas durante toda la vida, incluso después de la muerte, hasta la descomposición del cuerpo.
Las propiedades fundamentales de las huellas dactilares son la permanencia, la inalterabilidad en condiciones normales y la unicidad: no existe coincidencia de los puntos característicos entre dos personas distintas ni entre dedos diferentes de la misma persona. Hasta la fecha, pese a numerosos estudios comparativos e investigaciones, nunca se ha comprobado la identidad de huellas procedentes de personas diferentes o de dedos distintos del mismo individuo.
Las huellas se distinguen en:
  1. positivas y negativas;
  2. visibles o manifiestas, distinguibles a simple vista; y
  3. latentes o invisibles, constituidas por sudor que contiene distintos compuestos inorgánicos y orgánicos, como sales, glucosa, colesterol y ácidos grasos volátiles, variables según la alimentación, las condiciones de vida, etc., y reveladas mediante polvos magnéticos o convencionales, sustancias químicas y otras técnicas.

La identificación de dos huellas se basa en la correlación, mediante comparación, de un número suficiente de puntos característicos, teniendo en cuenta su singularidad y particularidad.

Campos de aplicación^
El aprovechamiento y la comparación científico-técnica de las huellas permiten determinar con seguridad la identidad de cualquier persona viva o fallecida. En particular, constituyen el método mediante el cual se procede:

  1. a determinar la identidadde autores desconocidosde un delito;
  2. a confirmar la identidadde las personas detenidas;
  3. a lavinculación de personas sospechosascon las huellas halladas en el lugar del delito;
  4. a la identificaciónde víctimas y personas desaparecidas;
  5. a la identificaciónde las personas que tocaron legítimamente los objetos;
  6. a determinar la identidadde personas que facilitan datos falsos o se niegan a proporcionar sus datos personales;
  7. a resolver o confirmar controversias en casos de homonimia;
  8. a determinar la identidadde personas que padecen amnesia, sordomudez o se encuentran en estado de coma;
  9. a determinar la identidadde cadáveres desconocidosprocedentes de accidentes de tráfico, catástrofes colectivas u otras causas;
  10. a determinarla detención de la persona equivocaday a prevenir la puesta en libertad de la persona equivocada.

Valor probatorio^
Desde el punto de vista procesal, una huella dactilar constituye un indicio y no una prueba de la comisión de un delito por la persona a la que pertenece. Indica la presencia de la persona en el lugar, si se encuentra en objetos fijos, o el contacto con los objetos móviles en los que fue detectada, pero no necesariamente su utilización, aunque dichos objetos se hayan empleado para cometer el delito. Para extraer conclusiones correctas deben valorarse conjuntamente:

  1. la distinción entrecontactoyutilizaciónde un objeto;
  2. elpunto exactodel lugar o del objeto en el que fue hallada la huella;
  3. lapresencia justificadaen el lugar y elcontacto justificadocon el objeto en cuestión;
  4. lacoexistencia de otros indiciosen la huella, como sangre, pintura, aceite, etc.;
  5. lacoexistencia justificada de otros indicios—como los anteriormente indicados— en la huella;
  6. lapresencia de otras huellas, incluso no aprovechables;
  7. elprocedimiento seguidopara la detección, recogida o reproducción, transporte y aprovechamiento;
  8. cualquier otro elementoque se desprenda de las circunstancias concretas del caso.
Realización de los exámenes^
Partiendo de datos científico-técnicos y aplicando métodos reconocidos internacionalmente, documentados científicamente y admisibles ante los tribunales, procedemos a:
  1. identificar los puntos característicos y valorar los utilizados;
  2. valorar el lugar y la posición del hallazgo, distinguiendo entre objeto móvil e inmóvil;
  3. valorar las características adquiridas que interrumpen la continuidad de las crestas papilares, como lesiones permanentes o curables;
  4. valorar el procedimiento seguido, es decir, el método y el medio de revelado, recogida o reproducción, embalaje, transporte, conservación, manipulación y aprovechamiento;
  5. valorar cualitativamente las fichas dactiloscópicas;
  6. valorar cualitativamente la reproducción de la huella latente;
  7. valorar los factores que pueden alterar una huella, como el frío, la humedad y la naturaleza de la superficie;
  8. valorar la autenticidad de la huella;
  9. valorar el tipo, categoría, clasificación y naturaleza de la huella y la parte del cuerpo de la que procede —dedo, palma o planta del pie—;
  10. valorar la clasificación y el archivo de las fichas dactiloscópicas;
  11. valorar la identificación del dedo, cuando sea posible;
  12. comprobar la legalidad de la toma de huellas realizada;
  13. valorar si la presencia en el lugar y el contacto con el objeto están justificados;
  14. valorar la coexistencia de otros indicios en la huella dactilar, por ejemplo sangre o sustancias colorantes;
  15. valorar las huellas aprovechables en relación con el lugar del hallazgo y las condiciones existentes;
  16. valorar la identificación o vinculación entre huellas o entre huellas y personas;
  17. valorar el hallazgo de huellas no aprovechables;
  18. valorar los casos en los que no se encontraron huellas;
  19. interpretar el valor probatorio de las huellas encontradas.
Inspección del lugar - Evaluación - Aprovechamiento^
Además, realizamos:
  • inspeccionesen los lugares donde se cometieron delitos u ocurrieron otros acontecimientos, así como el control de los objetos pertinentes, con el fin de valorar las zonas examinadas y los puntos en los que se encontraron y recogieron huellas u otros rastros;
  • evaluación de informes de exámenes de laboratorio, informes periciales y dictámenes elaborados por laboratorios estatales, otros laboratorios o especialistas, en casos relacionados con huellas;
  • aprovechamiento de los elementosque requieren exámenes adicionales, mediante la identificación de puntos de interés criminalístico para su posterior análisis, documentación y presentación, así como de aquellos puntos que podrían someterse a examen y aprovechamiento de laboratorio pero respecto de los cuales no se formuló una pregunta específica.
Preguntas indicativas que pueden formularse según el caso examinado^
  1. ¿Cuál es el valor probatorio de la huella?
  2. ¿En qué condiciones puede justificarse la presencia de una huella?
  3. ¿Cuáles son los puntos característicos indicativos de la identificación de una huella?
  4. ¿Cómo debe valorarse el lugar en que se encontró la huella —entorno, posición y objeto—?
  5. ¿Cómo debe valorarse la metodología de búsqueda, reproducción, toma y examen de la huella?
  6. ¿A partir de qué elementos se valora la autenticidad de una huella?
  7. ¿Qué significa que no se hayan encontrado huellas aprovechables?
  8. ¿Qué significa que no se haya encontrado ninguna huella?
  9. ¿Cómo debe valorarse la relación entre las huellas?
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